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Profesioales de CABA tiene que informar antes del 31/3 el domicilio donde ejercen su gestión

El organismo recaudador de la Ciudad de Buenos Aires, AGIP obliga a quienes tributan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, incluidos los profesionales, a informar la dirección donde ejercen su actividad. La fecha límite para realizar este procedimiento es el 31 de marzo, y no cumplirlo conlleva sanciones económicas significativas.

El domicilio de explotación  corresponde al lugar en el que el sujeto tributario lleva a cabo, de manera total o parcial, sus tareas comerciales o profesionales dentro del territorio porteño.

En 2021, la AGIP implementó el Registro de Domicilios de Explotación (RDE), un sistema en el que quienes tributan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, ya sea en la modalidad local o bajo el convenio multilateral, deben consignar la dirección del establecimiento, oficina o sucursal donde desempeñan su labor en la Ciudad de Buenos Aires.

Según un análisis del Grupo GNP, las direcciones registradas en el RDE deben ser confirmadas o actualizadas una vez al año, con fecha límite el 31 de marzo. Para realizar este procedimiento, es necesario acceder al sistema “Registro de Domicilios de Explotación (RDE)” en el sitio web de la AGIP, utilizando CUIT y Clave Ciudad de nivel 2.

No actualizar o confirmar la información registrada constituirá una falta a las obligaciones formales. Según la normativa tributaria de 2025, las sanciones parten desde $70.500 para contribuyentes individuales y $354.180 para empresas, pudiendo llegar hasta un tope de $3.103.500.

Una disposición reciente de la Comisión Arbitral establece el mecanismo “Pago Electrónico COMARB” para la liquidación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por parte de los contribuyentes adheridos al régimen del Convenio Multilateral, utilizando la plataforma “Pago BtoB” provista por la red Interbanking S.A.

El Grupo GNP señala que esta modalidad será exigida desde el momento en que el contribuyente reciba la notificación correspondiente, la cual aparecerá al acceder al sistema SIFERE WEB dentro de la sección de Declaraciones Juradas.

El sistema “Pago Electrónico COMARB” funcionará mediante la generación de un “Boleta de Pago Electrónico”  el cual deberá emitirse desde la plataforma SIFERE WEB en la sección de Declaraciones Juradas y abonarse posteriormente a través del portal de la red Interbanking S.A.

Las instrucciones completas sobre el proceso y sus guías estarán publicadas en el portal “SIFERE”, disponible en www.sifereweb.gob.ar.

De que se trata el novedoso Portal para Ingresos Brutos

Recientemente, la Comisión Arbitral anunció el lanzamiento de una nueva plataforma unificada llamada “Portal Federal Tributario” para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, tanto del régimen local como del Convenio Multilateral.

Este portal integrará de forma progresiva todas las herramientas gestionadas por la COMARB, como SIFERE, SIRTAC, SIRCREB, SIRCUPA, SIRCAR, el Padrón Web, entre otros.

Para utilizar la plataforma, será indispensable tener CUIT y Clave Fiscal de ARCA, accediendo a través de www.pft.comarb.gob.ar. En el primer acceso, se deberá registrar una nueva relación en el servicio “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” del sitio de ARCA, la incorporación de una nueva relación en el servicio “Comisión Arbitral-Portal Federal Tributario”, según destaca el Grupo GNP.

Es crucial que, antes del lunes 31 de marzo, los profesionales y las empresas confirmen o actualicen la dirección donde llevan a cabo, total o parcialmente, su actividad económica en la Ciudad de Buenos Aires.

Por Edición Digital

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