El Gobierno Nacional, a través de un decreto de necesidad y urgencia, implementa más de 360 modificaciones, incluyendo ajustes en las normas de tránsito y en la documentación necesaria para circular en vehículos. Detalles sobre las nuevas disposiciones y su impacto en la vida cotidiana.
El Gobierno Nacional, liderado por el presidente Javier Milei, dio a conocer un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con más de 360 modificaciones y derogaciones de leyes, buscando desregular la economía argentina. Este anuncio, realizado mediante la cadena nacional, abarca diversos aspectos de la vida cotidiana, incluyendo normativas relacionadas con la circulación vehicular y la documentación requerida para ello.
En este contexto, el DNU destaca cambios sustanciales en los registros seccionales del automotor y la documentación necesaria para circular en un vehículo. Según el decreto, al registrar un vehículo, ya sea nuevo o usado, se expedirá el título junto con la inscripción originaria o con cada transferencia de dominio. Además, el registro proporcionará al titular del automotor cédulas de identificación digital, equiparables en validez a las físicas.
“El adquirente podrá solicitar cédulas físicas, las cuales podrán tener un costo”, añade el DNU, subrayando que estas cédulas deben ser devueltas por el vendedor del automotor, emitiendo nuevas para el comprador. Aunque la posesión de cédulas acreditará el derecho o autorización para utilizar el vehículo, no eximirá la obligación de demostrar la habilitación personal para conducir.
En un intento por modernizar el sistema y competir con los registros seccionales y municipales, el Gobierno establece que las cédulas se entregarán de forma digital y tendrán la misma validez que las impresas. “La cédula, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor”, señala el DNU, agregando que las autoridades locales no podrán imponer otros requisitos para su uso legítimo.
Asimismo, el decreto destaca que será obligatorio exhibir estos documentos a las autoridades competentes, aunque no podrán retenerse sin denuncia de hurto o robo del vehículo o sin una orden judicial.
Estas medidas, tendrán que ser aprobadas por la Comisión Bicameral del Congreso que deberá analizar si existe una justificación de urgencia para aprobar el DNU. La implementación de estas disposiciones representa un cambio significativo en la documentación requerida para circular en vehículos, marcando un nuevo rumbo en la normativa de tránsito del país, como así también en otras tantas leyes que se encuentran derogadas o modificadas por el DNU.
Por Edición Digital

